Desde el pasado 17 de febrero, este real decreto tiene por objeto regular la distribución y puesta en el mercado de gases fluorados, así como su manipulación y la de los equipos basados en su empleo a efectos del control de fugas o emisiones y de su desmontaje y recuperación de los gases. Establece asimismo los procedimientos de certificación del personal que realiza determinadas actividades, todo ello con el objetivo de evitar las emisiones a la atmósfera y dar cumplimiento a lo previsto en la normativa europea. Asimismo, este real decreto tiene por objeto el establecimiento de requisitos técnicos para las instalaciones que desarrollen actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera, con el fin de evitar la emisión de gases fluorados.

Los gases fluorados son empleados, entre otras aplicaciones, como refrigerantes, agentes extintores de incendiosdisolventes y para la fabricación de espumas aislantes e incluyen, entre otras, las siguientes sustancias: Hidrofluorocarbonos (HFC) Perfluorocarbonos (PFC) Hexafluoruro de azufre (SF6).

La finalidad principal de dicha regulación en materia de gases fluorados es la de controlar la contribución de sus emisiones al cambio climático, dado su potencial de calentamiento atmosférico, y al potencial de agotamiento de la capa de ozono estratosférico, incluyendo en este último caso a hidrocarburos clorados o bromados.

Calendario del Real Decreto 115/2017 

Publicación BOE: 18 Febrero 2017

Entrada en vigor: 17 Febrero 2018

Principales afectados

Esta nueva normativa afecta a todos los profesionales, instaladores y técnicos que manipulen equipos basados en gases fluorados, a los distribuidores de los mismos y a sus clientes finales.

Este decreto es estricto con la necesidad de disponer de la certificación profesional y obliga a facilitar información y datos a los implicados en la distribución, compra e instalación  de los equipos así como características de los mismos (nº referencia, gas con el que trabaja, nº de registro del instalador, etc.)

Certificación de los profesionales

Respecto a los profesionales del sector, un punto muy importante a destacar en el presente Decreto 115/2017 es la certificación exigida para poder seguir trabajando bajo el marco de la ley y con más seguridad para todos. En el apartado Artículo 3 se recoge información relevante sobre esta cuestión. A continuación os facilitamos los dos primeros puntos que tratan sobre la manipulación, instalación y mantenimiento de equipos de refrigeración y climatización.

Artículo 3. Actividades restringidas a personal en posesión de la certificación exigida. 

1. En relación con los equipos de refrigeración o climatización con sistemas frigoríficos de cualquier carga de refrigerantes fluorados, solamente el personal en posesión de la certificación prevista en el anexo I.1 podrá realizar las actividades siguientes:

a) Instalación.

b) Mantenimiento o revisión, incluido el control de fugas, carga y recuperación de refrigerantes fluorados.

c) Manipulación de contenedores de gas.

d) Desmontaje.

2. En relación con los equipos de refrigeración o climatización con sistemas frigoríficos de carga inferior a 3 kg de gases fluorados, solamente el personal mencionado en el apartado anterior y el personal en posesión de la certificación prevista en el anexo I.2 podrá realizar las actividades siguientes:

a) Instalación.

b) Mantenimiento o revisión, incluido el control de fugas, carga y recuperación de refrigerantes fluorados.

c) Manipulación de contenedores de gas.

d) Desmontaje. Adicionalmente a estas actividades, el personal en posesión de la certificación prevista en el anexo I.2 podrá realizar el control de fugas en equipos con sistemas frigoríficos de cualquier carga.

Cómo conseguir la certificación

Las comunidades autónomas son las responsables de establecer los modelos de solicitud de certificaciones y presentación de la documentación justificativa del cumplimiento de las condiciones necesarias para su expedición.

En el Artículo 4: Procedimiento sobre la expedición de certificaciones, es el apartado donde viene recogido todo el procedimiento y pasos a seguir para la obtención de la certificación exigida en el nuevo Decreto 115/2017.

Fontgas: normativa completa y documentos a rellenar

Respecto al momento de adquisición de un equipo de estas características, pasa a ser necesario y de carácter obligatorio cumplimentar una ficha con los datos del comprador del equipo y los datos del mismo como el nº de Ref. y el tipo y cantidad de gas que utiliza.

Otro documento a rellenar es el que reúne los datos de la instalación, del equipo instalado y del propio instalador. Este último documento se tiene que presentar en el plazo máximo de 1 año.

En Fontgas nos mantenemos actualizados y al corriente de las novedades del sector para poder ofrecer a nuestros clientes la máxima información y el mejor servicio.

A continuación facilitamos el enlace directo al Real Decreto 115/2017 distribuido por el BOE en el que se incluye, al final de dicho documento, las fichas a rellenar en caso de compra e instalación de un equipo de aire acondicionado.

Descarga el Real Decreto 115/2017

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